Encargo venta


AUTORIZACIÓN DE VENTA

A través de la presente, como parte propietaria/mandataria autorizo a BUVE PROPTECH S.L con CIF B-16651838, a realizar las labores de promoción, difusión y gestión de venta de mi propiedad, o de la que se me hubiera otorgado dicha responsabilidad, en las condiciones informadas a la compañía.

 

CONDICIONES GENERALES

1. El plazo de autorización de venta se establece en dos meses prorrogables a partir de la firma del mismo.

2. No se establece exclusividad, ni carácter único.

3. Los servicios facilitados por BUVE son totalmente GRATIS.

4. No se aplicará sobre precio a la vivienda.

5. La propiedad podrá durante los dos meses de encargo realizar las gestiones necesarias para proceder a la venta por sus propios medios o con cualquier agencia inmobiliaria.

6. Como resultado de la colaboración BUVE PROPTECH S.L. ofrecerá a la parte vendedora lo siguiente:

  • Asesor comercial para la gestión de venta, valoración de la vivienda, publicidad y el marketing necesario para la venta del inmueble, filtro de clientes no compradores, organización de visitas, seguimiento a interesados, negociación y el cierre, además de la gestión burocrática necesaria.

7. En consonancia con los servicios ofrecidos por BUVE PROPTECH S.L. la parte propietaria facilitará a la empresa para que pueda realizar la gestión de la venta de forma exitosa:

  • Fotos del inmueble en alta definición (más de quince unidades), el certificado energético, la cédula de habitabilidad y la nota simple. En caso de no contar con lo anterior o con alguno de los puntos mencionados, la parte propietaria se encargará de contratar dichos servicios a través de BUVE PROPTECH S.L, sus colaboradores o cualquier otra empresa que la parte propietaria elija.

CLAUSULAS FINALES

1. Los propietarios venden el inmueble objeto de este contrato libre de cargas y gravámenes o bien a descontar del citado precio las que se hubieren, en el momento de efectuarse la transmisión, libre de arrendatarios u ocupantes de ningún tipo y al corriente de pago de comunidad y contribución.

CLAUSULAS ADICIONALES

En relación a los servicios que ofrece BUVE PROPTECH S.L. ,de forma gratuita, se establecen las siguientes penalizaciones en concepto de dolo en la autorización para gestionar la venta, de la parte propietaria hacia la compañía, en los siguientes casos:

  1. Sí se contrata un servicio de venta para el inmueble en exclusiva con otra agencia inmobiliaria o profesional del sector.
  2. Sí se incremente el precio de la vivienda, sacándola de mercado sin causa justificada.
  3. Si se vendiera la vivienda a un cliente proporcionado por la empresa, de forma desleal.

El importe de penalización para las infracciones anteriores será de TRES MIL NOVECIENTOS EUROS (3900,00€).

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Signed by Francisco Tirado Diaz
Signed On: August 27, 2020


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June 3, 2020 5:37 pm CESTEncargo venta Uploaded by Francisco Tirado Diaz - ftirado@buve.app IP 31.4.242.2